¿Se puede recurrir una adjudicación?
Sí. En los contratos de mayor importe (obras de más de 3 millones de euros y servicios o suministros de más de 100.000 €) existe el recurso especial en materia de contratación, con un plazo de 15 días hábiles. En los demás se usan los recursos administrativos ordinarios.
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Respuesta informativa elaborada por LicitaEmpresa a partir de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Los importes son orientativos: en cada licitación mandan sus pliegos. No constituye asesoramiento jurídico.