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Cómo recurrir una adjudicación: el recurso especial en materia de contratación

Si crees que te han excluido injustamente, que se ha valorado mal tu oferta o que el pliego es ilegal, puedes recurrir. En los contratos de mayor importe existe un recurso rápido y gratuito: el recurso especial en materia de contratación.

Esta guía es informativa. Si vas a recurrir un contrato importante, conviene que te asesore un abogado especializado.

Qué contratos admiten recurso especial

Qué se puede recurrir

Plazo

El plazo general es de 15 días hábiles, que se cuentan desde la publicación o la notificación del acto que recurres (por ejemplo, desde que se te notifica la adjudicación). Es un plazo corto: si tienes dudas, pide acceso al expediente cuanto antes.

Ante quién

Ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, si el contrato es de la Administración del Estado, o ante el tribunal o el órgano equivalente de cada comunidad autónoma. Algunos ayuntamientos y diputaciones tienen el suyo.

Cómo se presenta

  1. Revisa el expediente: informes de valoración, ofertas y actas. Puedes pedir acceso a ellos.
  2. Redacta el escrito: qué acto recurres, por qué es contrario a la ley o al pliego y qué pides.
  3. Preséntalo electrónicamente en el registro del tribunal o del órgano de contratación.

El recurso contra la adjudicación suspende automáticamente la formalización del contrato hasta que se resuelve. El tribunal resuelve en pocas semanas. El recurso es gratuito, pero si el tribunal aprecia mala fe o temeridad puede imponer una multa.

Si el contrato no admite recurso especial

En los contratos de menor importe, los actos se pueden impugnar con los recursos administrativos ordinarios (alzada o reposición, según el órgano) y, después, ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Los plazos son distintos: revisa el pie de recursos de la notificación.

Antes de recurrir

Compara tu oferta con la ganadora: en LicitaEmpresa puedes ver quién gana cada contrato y por cuánto. Y si te excluyeron por algo formal, aprende para la próxima: tienes consejos en cómo ganar licitaciones públicas.

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Otras guías

Guía informativa elaborada por LicitaEmpresa a partir de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Los importes son orientativos y pueden cambiar: en cada licitación mandan sus pliegos. No constituye asesoramiento jurídico.