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Qué pasa después de la adjudicación de un contrato público

Has ganado una licitación: enhorabuena. Pero el contrato todavía no es tuyo hasta que se formaliza. Estos son los pasos que vienen y los plazos que no debes dejar pasar.

1. Propuesta de adjudicación y requerimiento

La mesa de contratación ordena las ofertas por puntuación y propone a la mejor. El órgano de contratación te enviará un requerimiento para que, normalmente en 10 días hábiles, presentes:

Si no lo presentas a tiempo, se entiende que retiras la oferta y el contrato pasa a la siguiente empresa. Además, pueden penalizarte.

2. Adjudicación

Con la documentación correcta, el órgano de contratación adjudica el contrato y lo publica en la plataforma. A partir de ese momento, las demás empresas pueden revisar el expediente y, en su caso, recurrir.

3. Recursos

En los contratos de mayor importe cabe el recurso especial en materia de contratación, que se presenta ante el tribunal administrativo de recursos contractuales en un plazo de 15 días hábiles. Si recurren tu adjudicación, la formalización puede quedar en suspenso hasta que se resuelva. Si eres tú quien no ha ganado y crees que hubo un error, este es el momento de actuar: te lo explicamos en cómo recurrir una adjudicación.

4. Formalización del contrato

El contrato se firma en documento administrativo. En los contratos que admiten recurso especial, la firma no puede hacerse hasta que pasa el plazo para recurrir. No empieces a trabajar antes de formalizar, salvo que la Administración lo ordene por escrito en los casos que permite la ley. En LicitaEmpresa verás el contrato como Formalizado cuando se publique.

5. Ejecución

Cumple lo que ofreciste: los pliegos y tu oferta forman parte del contrato. Si no cumples, pueden imponerte penalidades o incluso resolver el contrato. Guarda pruebas de todo lo que hagas y comunica por escrito cualquier incidencia.

6. Facturación y cobro

Las facturas a la Administración son electrónicas: normalmente se envían a través de FACe o de la plataforma autonómica equivalente, indicando los códigos del órgano que vienen en el pliego. La ley fija que la Administración debe pagar en un plazo de 30 días desde que aprueba la factura o la certificación. Si se retrasa, puedes reclamar intereses de demora.

7. Devolución de la garantía

Al terminar el contrato y pasar el plazo de garantía sin incidencias, solicita la devolución de la garantía definitiva. No siempre se devuelve de oficio, así que no te olvides.

Y a por el siguiente: busca nuevas licitaciones de tu sector y recibe las nuevas cada mañana con una alerta gratuita.

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Otras guías

Guía informativa elaborada por LicitaEmpresa a partir de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Los importes son orientativos y pueden cambiar: en cada licitación mandan sus pliegos. No constituye asesoramiento jurídico.