Clasificación empresarial: qué es, grupos, categorías y cómo obtenerla
La clasificación empresarial es una acreditación oficial que demuestra que tu empresa tiene la solvencia para ejecutar contratos de un tipo y de un importe determinados. Sustituye a la acreditación de la solvencia en cada licitación y, en las obras de cierto importe, es obligatoria.
Cuándo es obligatoria
- Obras: en contratos de valor estimado igual o superior a 500.000 €.
- Servicios: no es obligatoria, pero el pliego puede admitirla como forma de acreditar la solvencia.
- Suministros: no se exige.
Cómo se lee: grupo, subgrupo y categoría
Una clasificación como «C-2-3» indica el grupo (el tipo de trabajo), el subgrupo (la especialidad) y la categoría (el importe máximo que puedes asumir).
Grupos de obras, de la A a la K: por ejemplo, A movimiento de tierras, C edificaciones, E hidráulicas, G viales y pistas, I instalaciones eléctricas, J instalaciones mecánicas o K especiales.
Grupos de servicios, de la L a la V: por ejemplo, servicios administrativos, de mantenimiento, de limpieza, de transporte o informáticos.
Categorías
Según el Real Decreto 773/2015, la categoría depende del valor estimado del contrato (o de su anualidad media si dura más de un año):
- Obras: categoría 1 hasta 150.000 €; 2 hasta 360.000 €; 3 hasta 840.000 €; 4 hasta 2.400.000 €; 5 hasta 5.000.000 €; 6 más de 5.000.000 €.
- Servicios: categoría 1 menos de 150.000 €; 2 menos de 300.000 €; 3 menos de 600.000 €; 4 menos de 1.200.000 €; 5 desde 1.200.000 €.
Cómo se obtiene
- Reúne la documentación: cuentas anuales de los últimos ejercicios, relación de obras o servicios realizados con sus certificados de buena ejecución, plantilla y personal técnico, maquinaria y medios.
- Solicítala a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, a través de la sede electrónica del Ministerio de Hacienda, o al órgano autonómico competente.
- Espera la resolución, que asigna los grupos, subgrupos y categorías que te correspondan según tu experiencia y tu solvencia.
La clasificación se inscribe en el ROLECE o en el registro autonómico.
Mantenerla
La clasificación no caduca mientras sigas cumpliendo los requisitos, pero hay que justificarlo periódicamente: cada año, el mantenimiento de la solvencia económica, y cada tres años, el de la solvencia técnica, mediante declaraciones responsables y la documentación correspondiente. Si no lo haces, la clasificación se suspende.
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